Título: |
Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas |
Lugar y fecha de Adopción: |
Nueva York, Nueva York, 20 de diciembre de 2006 |
Categoría: |
MULTILATERAL |
Estatus: |
VIGENTE |
Notas: |
"De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 31, párrafo 1, de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, los Estados Unidos Mexicanos declara que reconoce la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para recibir y examinar las comunicaciones presentadas por personas que se encuentren bajo su jurisdicción o en nombre de ellas, que alegaren ser víctima de violaciones de las disposiciones de la Convención por parte de los Estados Unidos Mexicanos.” |
Trámite Constitucional: |
Firma México: 6 feb 2007
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Aprobación Senado: 13 nov 2007 |
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Publicación DOF Aprobación: 18 dic 2007 |
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Vinculación de México: 18 mar 2008 Ratificación |
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Entrada en vigor internacional: 23 dic 2010 |
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Entrada en vigor para México: 23 dic 2010 |
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Publicación DOF Promulgación: 22 jun 2011 |
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Tema: |
DERECHOS HUMANOS |
Registro ante ONU: |
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